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This entry was posted on sábado, 3 de abril de 2010 at 12:23 am and is filed under Armando Segura Naya, Eva Jardiel Poncela, Exopus, Opus Dei, Por Qué No Es Usted Del Opus Dei. You can follow any responses to this entry through the RSS 2.0 feed. You can leave a response, or trackback from your own site.
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Wordpress.com no sólo permite que un usuario tenga varios Blog, sino que lo estimula. El día 25 de julio de 2007 el servidor Wordpress.com cerró sin previo aviso todos los Blog en los que figuraban como colaboradores alguno de los administradores de ExOpus. Al día siguiente, tras escribirles, rehabilitó ExOpus manteniendo retenidos el resto de los sitios de los que la mayoría no tienen nada que ver con el Opus Dei (de recetas de cocina, música, chistes, lugares interesantes de la Red, libros de sabiduría, sitios de descargas gratuitas, etc.), independientes entre si, y bastantes de ellos ni siquiera referenciados aquí. Hasta la actualidad no han contestado a los mensajes en los que les solicitamos la reactivación de dichos Blog. No hemos retirado los links que llevan a esos sitios para evidenciar lo ocurrido y en espera de que Wordpress.com los libere algún día.
Estimado Armando:
Agradezco su escrito y su inestimable aportación personal. Me permito copiar el texto de su web que tan amablemente me ha remitido por e.mail y adjuntarlo a los comentarios de mi blog.
Un cordial saludo.
Armando, dices: «…personas de alta o baja categoría política y económica,»
1ª afirmación:
– «…no tengan la propiedad, administración y entera responsabilidad de sus bienes…»
Aquí hay dos posibilidades:
a) Si toman esta decisión libremente, porque les da la gana (es decir, nombra al Opus Dei su tutor; es decir, se declaran incapaces voluntariaamente para administrar sus bienes) ¡allá penitas!
b) Si esta decisión no es libre, sino que se toma en un contexto de presión, coacción y/o manipulación, hay que denunciarlo.
Mi pregunta: Me gustaría saber si se ha denunciado en una Comisaría, Guardia Civil, Fiscalía o Juzgado, cuantas veces y en cuales.
2ª afirmación:
– «…ni puedan garantizar absolutamente el secreto profesional…,»
a) ¿Cómo que «no pueden» garantizar el secreto profesional?
Si así es, los socios del Opus Dei no están capacitados para ejercer ninguna profesión que requiera cierto secreto profesional. Son un peligro público.
b) Si las ejercen, es lo mismo que poner a pedófilos y pederastas al cuidado de guarderías y colegios y no dar cuenta a las autoridades (ya veis las consecuencias de que la Iglesia no diese ccuenta a las autoridades en su momento ¡cuántas víctimas se hubieran evitado!).
c) ¿Se ha advertido a las autoridades de este «no pueden» y denunciado los casos de violaciones de secretos?.
Si «no pueden», están incapacitados para el ejercicio de las profesiones que requieran secreto.
Existen al menos dos arts. en el Cdgo Penal, el 197 y el 199 con diversas variantes, según el grado de responsabilidad.
3ª afirmación:
– «…ni siquiera la libre residencia»
Exactamente igual que en el 1er. caso.
a) Si lo hacen libremente ¡allá penitas!
b) Si no lo hacen libremente, es un delito por parte de las personas que impidan esta libre circulación de personas y hay que denunciarlo.
Ni los medios de comunicación, ni internet, ni los libros publicados o conversaciones privadas con altos cargos, son vías oficiales de denuncia en España (en algunos casos debería serlo, pero no lo son)seríadeberían serlo, pero no lo son).
Para que un juez o fiscal intervengan, excepto en casos excepcionales, hay que pedirlo por escrito. Después vendrá que lo quieran hacer o no. Si no quieren, con el escrito, se recurre a otra instancia y así sucesivamente hasta que llegar a un juez y/o fiscal que decida cumplir con su obligación. Después de España, queda Europa.
Quejidos de este tipo, por parte de personas que sobrepasan con creces la media cultural y se empecinan en vías que saben no son las correctas, más, cuando estos delitos sólo pueden denunciarlos quienes los conocen, parece un sin sentido.
Los adolescentes que fueron abusados y no pudieron denunciar en su adolescencia, bien que lo están haciendo después (al menos una gran parte estáa cumpliendo con su obligación de «velar por el bien común»), ya que «velar por el bien común», es una obligación que tenemos todos. Nadie se salva.
Da la impresión que creáis a pies juntillas que todo debe ser igual, que lo mismo de lo que os quejáis. Si dentro del Opus Dei, otros – para bien o para mal -, se ocuparon de todo, aquí deba ser igual. No, Armando. En esta sociedad, no es, ni queremos que sea lo mismo. Todos queremos disponer sobre n/patrimonio, n/libertad de circulación, pensamiento, creencias…etc. Y como aprovechados existen en todas partes (no sólo en el Opus, vease el ejemplo de la Iglesia católica, de la corrupción política o de la trata de blancas), si queremos conservar lo que tenemos – y mejorarlo -, todos tenemos obligación de «velar por el bien común», aunque cierto, unos más que otros. Por eso está establecido que cuando los que tienen la máxima obligación no lo hacen, presumiblemente porque desconocen focos y posibles delitos, se denuncie ante ellos por escrito (dan las máximas facilidades, incluso se puede pedir ser testigo protegido).
V/falta de responsabilidad y escaqueo en «velar por el bien común» (que traduzco en la falta de denuncia durante años y más años, en la única vía eficaz) «…el alcance de estas disposiciones secretas como el juramento promisorio de declarar toda cuestión grave, social, profesional…ni las repercusiones de la norma…», sólo viene a perjudicar a quienes no somos testigos de v/afirmaciones. No podemos denunciarlas y nos vemos abocados a denunciar sólo lo que nos afecta directamente. El resultado, es que hechos muy graves quedan reducidos a pecata minuta cuando aparecen testigos – militantes y/o simpatizantes de una organización de la que no existen listas -, que declaran con falsedad en n/causas, jueces/as y fiscales, que no entendemos por qué resuelven como resuelven, giros inauditos en expedientes disciplinarios de las organizaciones profesionales… y otros etc., que machacan n/vida. ¿Quizás porque están sometidos al compromiso de obediencia y las disposiciones secretas? ¿a la disciplina de una secta?.
Quienes ajenos al Opus Dei no hemos sido testigos de hechos relacionados con estas «disposiciones secretas y las repercusiones» de las que hablas, no podemos probarlas, por lo tanto denunciarlas. Ni siquiera podemos suponerlas cuando denunciamos.
En cualquier caso, tendríais que ratificaros vosotros, testigos directos ¿os encontraremos cuando tengáis que ratificaros? o ¿nos convertiremos en imputados por atrevernos a denunciar sin pruebas?.
Por casualidad ¿Estáis diciendo…? «Arreglad al Opus Dei porque sois los demás quienes tenéis que velar por el bien común, incluido el nuestro y el de n/conciencia sobre lo que sigue sucediendo; nosotros hemos decidido mantenernos al margen y mientras lo arregláis, a vosotros que os den».
¡Muy listos los ex!! Unas obligaciones para los demás y otras para vosotros. ¿No es lo mismo que decís hacen los dirigentes del Opus con vosotros?
Pasa la bola: ¡Listas públicas del Opus Dei en España, ya!
http://www.eleconomista.es/cultura/noticias/2031015/04/10/Opus-Dei-sociedad-secreta-la-revista-Time-teme-que-convierta-all-catolicismo-en-EEUU-sea-mas-hispano-y-mas-conservador.html
Isabel, en defensa de Armando Segura Naya, he de puntualizar que había que tener mucho valor para hacer esas declaraciones en 1970 cuando el poder en España estaba en las manos dictatoriales de Carrero Blanco, mano derecha de Franco y un ultra del Opus. Recordemos, como muestra de ello, que Carrero solucionó la crisis de Matesa, en vez de castigando a los del opus implicados en la estafa, declarando una amnistía general para librarlos; y no contento con ello llenó el siguiente gobierno de ministros de la Obra.
Entonces era prácticamente imposible denunciar los abusos del opus, creo que por eso Armando Segura Naya dice que actúen los que tienen en sus manos velar por el bien común, en clara referencia a Franco y a Carrero Blanco.
Un saludo